El programa Emanzipa consiste en una ayuda económica para el abono del alquiler. Está dirigido a jóvenes de entre 23 y 32 años y puede solicitarse para viviendas del mercado libre.

Durante la pandemia de covid este programa se amplió a las personas en desempleo (sea cual sea su edad). Este año también puede solicitarse en este caso y, según parece, en adelante así seguirá siendo.

Os contamos todo lo que hay que saber sobre estas ayudas, aunque os avisamos: por desgracia, las condiciones no son como para tirar cohetes.

Ayudas al alquiler para jóvenes: Emanzipa (Nafarroa)

2022/05/17
Última actualización: 2024/03/06

— Ley Foral 28/2018, de 26 de diciembre, sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra
— Decreto Foral 61/2013, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda
— Ley Foral 10/2010, del derecho a la vivienda en Navarra

 

El programa Emanzipa consiste en una ayuda económica para el abono del alquiler. Está dirigido a jóvenes de entre 23 y 32 años (es decir, antes del año en que se cumplen los 33, como explicaremos mejor más adelante).

Puede solicitarse para pagar el alquiler de viviendas del mercado libre, pero no el de viviendas de protección oficial.

Existen algunas ayudas para el pago del alquiler de una vivienda de protección oficial, que puedes consultar en la siguiente página:

Para jóvenes o para personas en desempleo

El programa Emanzipa, como su propio nombre indica, surgió como un programa dirigido a jóvenes que se hayan emancipado. Sin embargo, el año 2020, a causa de la pandemia de covid, se amplió temporalmente a las personas que habían quedado en desempleo. Esta opción aún continua en 2024. Es decir, parece que, incluso una vez pasada la pandemia, el programa Emanzipa continuará siendo para estos dos colectivos. Hay que tener en cuenta que desde el año 2022, las comunidades autónomas perciben nuevos fondos para las ayudas al alquiler, como explicaremos al final del artículo.

Si estás en desempleo, deberás cumplir con todos los requisitos que contamos a continuación salvo el de la edad.

¿Cuánto se percibe?

De por sí, se trata de una deducción fiscal, aunque, en la práctica, esto se traducirá en el abono del 50% de nuestro alquiler. Aunque, ¡atención!, esta cuantía está limitada: como máximo percibiremos 280€ mensuales. Además, tal y como explicaremos en el siguiente apartado, la renta de la vivienda no puede ser superior a los 700€.

Así, imaginemos que la renta es de 650€. El 50% de esta cantidad serían 325€. Sin embargo, no percibiríamos más que 280€, ya que éste es el límite máximo.

Precio del alquiler

Lo mismo que se piden unos ingresos máximos, la casa que alquiles también debe tener un precio máximo para que te concedan la ayuda: 700€, tal y como hemos mencionado en el apartado anterior.  

En la CAV, por ejemplo, según la zona, se permiten límites más altos. En Nafarroa, por el contrario, solo hay un límite para todo el territorio, aunque algunas zonas estén más tensionadas que otras.

Personas beneficiarias

Pueden ser personas individuales o unidades familiares.

Unidad familiar: Ten en cuenta que en este caso los requisitos tenéis que cumplirlos tanto tú como tu pareja y que los ingresos máximos se computarán en conjunto.

Si compartes casa y, por lo tanto, también el alquiler con alguna otra persona, también puedes solicitar la ayuda. Es decir, no es necesario que la vivienda la alquiles en solitario, sino que, si es una casa compartida, también tendrías derecho a solicitarlo, aunque el resto de personas que viven contigo no cumplan los requisitos o no necesiten pedir esta ayuda. Pero, eso sí, como veremos más adelante, la cuantía que percibirías sería menor.

Requisitos

Debes tener entre 23 y 32 años. La edad máxima va aumentando cada año hasta llegar a los 35. Así, en el año 2024, como máximo, puedes tener 32 años. Es decir, no podrías solicitar la ayuda si este año cumplieses 33 años, aunque, a la hora de hacer la solicitud, todavía tuvieses 32. De hecho, como hemos mencionado, esta ayuda económica se trata, en el fondo, de una deducción fiscal y, por tanto, al igual que para cualquier deducción fiscal, los requisitos deben cumplirse a fecha de 31 de diciembre.

Debes estar empadronada o empadronado en Nafarroa y la casa de la que estás pagando el alquiler debe ser tu domicilio habitual y permanente.

— — No puedes tener una vivienda en propiedad, ni has podido vender una durante los últimos cinco años. No obstante, hay alguna excepción. Si te encuentras en este caso, infórmate previamente. Los datos de contacto con el programa Emanzipa los tienes al final del artículo.

No puedes ser familiar de la persona que te alquila la vivienda. Más concretamente, no puedes tener una relación de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado con la persona propietaria.

— No puedes haber declarado en el apartado de ahorro una cantidad mayor a 5.000€ (en la declaración de la renta).

— No puedes poseer bienes o activos financieros por una cantidad superior a los 90.000€.

Debes pagar el alquiler por transferencia bancaria. Recuerda que tendrás que presentar a la administración telemáticamente los comprobantes de todos los pagos mensuales.

Ingresos mínimos y máximos:

  • Ingresos mínimos: 3.000€
  • Ingresos máximos, si lo solicita solo una persona: 22.000€
  • Ingresos máximos, si lo solicita una unidad familiar: 33.000€

Recordad que si lo solicitáis como unidad familiar, se tendrán en cuenta los ingresos de todas las personas de la unidad y que, además de esto, también todas deben cumplir los requisitos.

Incompatibilidades

Si percibes cualquier otra ayuda para pagar el alquiler (programa David, ayudas de emergencia social) o vives en una casa de protección oficial y percibes algún tipo de subvención, no podrías solicitar Emanzipa.

Si vives en una casa compartida

Si compartes casa y, por tanto, también alquiler con otras personas, puedes solicitar esta ayuda.

De todas formas, es posible que todas las personas que vivís en el domicilio no cumpláis todos los requisitos (por ejemplo, porque una de ellas tenga más de 30 años) o no necesitéis solicitar la ayuda. No obstante, tú sí podrías solicitarla. Eso sí, la suma total de la ayuda bajaría, ya que se tendrán en cuenta todas las personas que vivan en el domicilio.

Es decir, imaginemos que compartís casa entre cuatro personas y que vais a solicitar la ayuda solo tres. Como la cantidad máxima a percibir son 280 euros, harán la siguiente operación:

280€ dividido entre las 4 personas que viven en el domicilio = 70€
70€ multiplicado por las 3 personas que lo han solicitado = 210€

Por tanto, en vuestro caso, la cantidad máxima que percibiríais sería, en total, de 210€; 70€ por cada persona que ha solicitado la ayuda. Es decir, también tendrán en cuenta a la cuarta persona, aunque no haya hecho la solicitud, lo cual baja la cantidad de la ayuda

¿Cómo se solicita?

No puede solicitarse presencialmente en ninguna oficina, sino que hay que hacerlo obligatoriamente por internet.

Hay tres opciones para ello:

  • Con el DNI electrónico
  • Con el certificado digital
  • Por medio del sistema cl@ve

Si quieres saber cómo funciona el sistema cl@ve y qué hay que hacer para obtenerlo, puedes echar un vistazo al siguiente artículo:

Cuando hagas la solicitud tendrás que dar ciertos datos, pero no tienes que adjuntar ninguna documentación aparte. Entre dichos datos están los siguientes:

  • Dirección de la vivienda alquilada y número de habitaciones
  • Datos de la persona que te ha alquilado la casa: nombre y apellidos y número de DNI
  • Fecha de inicio del contrato de alquiler
  • Cuantía de la renta que pagas mensualmente
  • Números de cuenta corriente: el tuyo y el de la persona arrendadora

 

¡Atención! Si haces la solicitud como unidad familiar:
Cuando hagas la solicitud te pedirán que introduzcas los datos de tu pareja. Aunque esto no es lo único que tenéis que hacer; ES NECESARIO QUE AMBAS PERSONAS HAGAN UNA SOLICITUD. Es decir, las ayudas del programa Emanzipa siempre se conceden a título individual (recuerda que está catalogado como deducción fiscal). Por esta razón, si sois pareja y cumplís los requisitos, tendréis que hacer dos solicitudes, cada cual la suya.

 

Si vives en una casa compartida, no tendrás que introducir los datos del resto de personas.
Ten en cuenta que no se concede más de una ayuda por domicilio, aunque haya más de una persona que lo solicite. Por tanto, si, por ejemplo, lo solicitáis dos personas y se os concede a las dos, la cuantía total no será nunca superior a los 280€. Es decir, en este caso concreto a cada una le corresponderían 140€ y no 280€.

Si quieres consultar algunas directrices y capturas de pantalla sobre la solicitud, puedes hacerlo en ESTE DOCUMENTO.

La solicitud debes realizarla desde esta página:

Como verás, hay dos formas de entrada posibles: por medio de certificado digital o DNI electrónico y por medio del sistema cl@ve. Si utilizas este último, se te abrirán otras dos opciones: cl@ve + PIN o cl@ve permanente. Recuerda que tienes todo esto explicado en detalle en el artículo: ¿Cómo hacer trámites por internet? Sistema cl@ve.

⇒ Y, por último, no olvides que deberás presentar a la administración telemáticamente todos los justificantes de haber abonado el alquiler. AQUÍ tienes explicado cómo hay que hacerlo.

⇒Además, Emanzipa solo se concede por un periodo de un año; posteriormente, no te lo renovarán automáticamente, sino que tendrás que solicitar tú su renovación cada año.

Emanzipa y el bono alquiler joven de Madrid

Es posible que hayas escuchado algo sobre un bono de alquiler joven que puso en marcha el Gobierno de Madrid. Esta ayuda se aprobó en 2022. (Decreto 42/2022).

Aunque sea una ley estatal con fondos que salen de Madrid, la gestión corresponde a las comunidades autónomas. No obstante, esta ayuda ni se aplicó en Hego Euskal Herria:

“El Bono Alquiler Joven es de aplicación a todas las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, con excepción del País Vasco y Navarra” (2. artikulua)

De hecho, en Nafarroa y en la CAV teníamos ya los programas Emanzipa y Gaztelagun en marcha (en la CAV en 2024 han aprobado en 2024 otra con un nombre muy parecido: Emantzipa) y esos son los que continuaron también a partir de 2022, cada uno con sus requisitos, normas y condiciones.

De cualquier manera, tanto la CAV, como Nafarroa, aunque mantengan sus programas propios, sí perciben los nuevos fondos estatales, tal y como hacen el resto de comunidades.

Así, en estos dos programas se realizaron distintos cambios, aunque, claramente, son completamente insuficientes. Como ya hemos explicado, por una parte, también se ha ampliado la ayuda a las personas en desempleo y, por otra, la edad máxima comenzó a ampliarse desde los 30 años a los 35. Este año se puede solicitar hasta los 32 años, en 2025 hasta los 33 etc. (artículo 3 quáter de la Ley Foral 10/2010, modificado en 2022 por la Ley Foral 20/2022).

Sin embargo, hay que decir que limitar el precio del alquiler a 700 euros no denota más que un gran desconocimiento sobre el mercado de la vivienda. Y podríamos decir lo mismo sobre la cuantía máxima que se percibe (y qué decir de la tremenda cutrez que ya os hemos contado sobre los casos en que se comparte alquiler). Decimos desconocimiento, por no decir despreocupación e irresponsabilidad.

De cualquier manera, como decimos siempre, es imposible enfrentar los problemas estructurales a base de parches. Las únicas políticas que van a ayudar de verdad en la emancipación de las y los jóvenes son garantizar unas condiciones laborales dignas, con un salario en condiciones, y una política de vivienda eficaz. Si la precariedad y la inestabilidad en el empleo continúan, si el salario medio de las y los jóvenes sigue bajando y si la vivienda sigue siendo, en lugar de un derecho, un bien especulativo dedicado, cada vez más, al turismo, no hay subvención que valga (entre los años 2021 y 2023 el salario medio de las y los jóvenes navarros ha bajado un 1,3% y, teniendo en cuenta la inflación, su poder adquisitivo lo ha hecho un 12%).

Para más información:

Puedes mandar tus consultas al siguiente correo electrónico:
emanzipa@navarra.es

Teléfono de información (de 8:30 a 14:00):
848 420 120