En Bizilan, aparte de los días festivos para este año 2026 que acaba de comenzar, también encontraréis:

– Algunos puntos importante que hay que saber en torno al CALENDARIO DE EMPRESA, como, por ejemplo, qué tiene que reflejar obligatoriamente, dónde tiene que colocarse, la obligación de consultar con la representación de las trabajadoras y trabajadores…

– Una CARTELERA, para que podáis apuntar las horas y jornada de cada mes, así como los turnos que os tocan. La tenéis en formato imagen (JPG) y en formato PDF, igual que os he mandado con el anterior mensaje, para que, si queréis, la descarguéis para imprimirla.

Festivos 2026 (calendario laboral)

2026/01/05

Festivos 2026 (Estado)
Festivos 2026 (CAV)
Festivos 2026 (Nafarroa)

En este artículo, además de las fiestas y el calendario para el año 2026, también os contamos algunos puntos importantes a tener en cuenta dentro de la empresa.

Días festivos en 2026

Todos los años se establece cuáles serán los días festivos para el año próximo. De entre estas fiestas, que se deciden en Madrid, algunas hay que respetarlas obligatoriamente en todas las comunidades autónomas y otras pueden ser reemplazadas.

El 18 de octubre se publicaron en el BOE cuáles serían los días festivos en el Estado para 2026. En total, son 14 días, que se distribuyen de la siguiente manera:

  • 8 días festivos, obligatorios en todo el territorio del Estado

— 1 de enero (jueves): Año Nuevo
— 6 de enero (martes): Día de Reyes
— 3 de abril (viernes): Viernes Santo
— 1 de mayo (viernes): Primero de Mayo
— 15 de agosto (sábado): Asunción de la Virgen
— 12 de octubre (lunes): fiesta del Estado
— 8 de diciembre (martes): Inmaculada Concepción
— 25 de diciembre (viernes): Navidad

  • Además de estos 8 días, las comunidades autónomas pueden escoger fiestas propias (entre algunas que propone el Estado). Estas son las 4 que se han escogido en las comunidades autónomas de Nafarroa y de Euskadi:

Nafarroa y CAV:
— 19 de marzo (jueves): San José
— 2 de abril (jueves): Jueves Santo
— 6 de abril (lunes): Lunes de Pascua

Nafarroa:
— 2 de noviembre (lunes): como Todos los Santos cae en domingo, se ha desplazado al lunes

CAV:
— 25 de julio (sábado): Santiago

  • Fiestas locales (2 días)

Se dispone de dos fiestas locales que, normalmente, suelen ser un día de fiesta del municipio y un día de fiesta de la provincia.

FIESTAS PROVINCIALES:

— Araba: 28 de abril (martes): San Prudencio
— Bizkaia: 31 de julio (viernes): San Ignacio de Loiola
— Gipuzkoa: 31 de julio (viernes): San Ignacio de Loiola
— Nafarroa: 3 de diciembre (jueves): San Francisco Javier. Recordad que el 3 de diciembre es también el Día del Euskara

FIESTAS MUNICIPALES:

Por último y como hemos mencionado, cada municipio celebrará su fiesta patronal. Podéis consultar las fiestas de todos los municipios de Hego Euskal Herria en los siguientes links:

Municipios de Araba
Municipios de Bizkaia
Municipios de Gipuzkoa
Municipios de Nafarroa

 

Por tanto, éstas serán las fiestas en Hego Euskal Herria:

    • 1 de enero, Año Nuevo (jueves). Todo Hegoalde.
    • 6 de enero, Día de Reyes (martes). Todo Hegoalde.
    • 19 de marzo, San José (jueves). Todo Hegoalde.
    • 2 de abril, Jueves Santo (jueves). Todo Hegoalde.
    • 3 de abril, Viernes Santo (viernes). Todo Hegoalde.
    • 6 de abril, Lunes de Pascua (lunes). Todo Hegoalde.
    • 28 de abril, San Prudencio (martes). Araba.
    • 1 de mayo, Primero de Mayo (viernes). Todo Hegoalde.
    • 25 de julio, Santiago (sábado). CAV.
    • 31 de julio, San Ignacio de Loiola (viernes). Bizkaia y Gipuzkoa.
    • 15 de agosto, Asunción de la Virgen (sábado). Todo Hegoalde.  
    • 12 de octubre, fiesta del Estado (lunes). Todo Hegoalde.
    • 2 de noviembre, día siguiente a Todos los Santos (lunes). Nafarroa.
    • 3 de diciembre, San francisco Javier (jueves). Nafarroa.
    • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (martes). Todo Hegoalde.
    • 25 de diciembre, Navidad (viernes). Todo Hegoalde.

Más la fiesta patronal de cada municipio

 

⇒ Al final de la página podéis descargar el calendario-cartelera en formato PDF.

Jai iraingarririk ez

Año tras año, este calendario festivo nos impone diversas fiestas que son completamente ofensivas para la clase trabajadora de Euskal Herria. Además, estas fiestas entran dentro de las de obligado cumplimiento, sin opción ni siquiera de que la comunidad autónoma pueda reemplazarlas.

• 12 de octubre, la llamada fiesta nacional de España y que en otro tiempo fue la fiesta de la hispanidad o la fiesta de la raza. Este día supone la imposición de dicha hispanidad por encima de nuestro pueblo y de nuestros derechos. Pero no solo eso, sino que también supone celebrar todas las matanzas y exterminio que llevó a cabo en Latinoamérica el imperio español en nombre de la cruz y la espada: genocidio, esquilmación de recursos, exterminio de lenguas y culturas…

• 6 de diciembre, día de la constitución española. Día de supuesta celebración del marco legal que nos niega, precisamente, nuestro derecho de autodeterminación.

Estos días, por supuesto, no son fiesta ni para Bizilan, ni para el sindicato LAB. Y, al igual que no lo son para nosotras y nosotros, tampoco lo son en diversas empresas, ya que, por medio de la negociación colectiva, es posible, tal y como hemos impulsado y conseguido, reemplazar dichos días por otros.

El calendario laboral en la empresa

La reglamentación sobre el calendario laboral la encontraremos, entre otras, en estas normativas:

• Artículo 34.6 del Estatuto de los Trbajadores, sobre la elaboración anual del calendario y la obligación de que se encuentre en un sitio visible
• Decreto 1561/1995, en su Disposición Adicional Sexta, sobre la participación de la representación de las y los trabajadores en el calendario laboral
• Artículo 6.1 y artículo 40 del Decreto 5/2000, sobre infracciones y sanciones
• Convenio colectivo. Por medio de la negociación colectiva, muchas veces, se incluyen en el convenio diversos puntos sobre el calendario laboral, que deben ser cumplidos en el sector o en la empresa.

En el calendario laboral deben reflejarse los siguientes puntos: la jornada laboral, los días de descanso, los días festivos y el periodo vacacional, respetando aquello que estipule el convenio.

La empresa debe elaborar anualmente el calendario laboral. En algunas ocasiones, el convenio colectivo expresa en qué plazos debe hacerse esto. Puede ser, por ejemplo, en un mes a partir de que las administraciones publiquen los días festivos del año siguiente o cualquier otro plazo que se haya acordado

Antes de cerrar dicho calendario, la empresa debe consultar con la representación de las trabajadoras y trabajadores. Además, ésta puede entregar un informe previo a la empresa. Este informe, aunque no sea vinculante, debe manifestar si la empresa cumple con la jornada, los tiempos de descanso, los festivos, puentes y demás. .

Si la empresa elaborase el calendario sin consultar con las y los trabajadores, dicho calendario sería nulo y podría ser motivo de sanción por parte de Inspección Laboral. Asimismo, aunque el informe no sea vinculante, nos sería de utilidad si tuviésemos que poner una reclamación.

Sea con acuerdo o sin él, el calendario debe estar a la vista de las trabajadoras y trabajadores (normalmente se suele colgar de los paneles informativos). Esto debe hacerse en todos los centros de trabajo y, si fuese necesario, en los distintos departamentos de la empresa. Debe estar firmado por la empresa y por la representación sindical. Como hemos dicho, es necesario controlar que lo que refleja el calendario sea lo que marcan la ley y el convenio y que lo respete adecuadamente. De hecho, el calendario puede esconder una modificación substancial de las condiciones laborales, como sucede en múltiples ocasiones.

2026ko kartelera (PDF formatuan)