Como os comentamos anteriormente, parece que los contratos fijos-discontinuos van a convertirse a partir de ahora en el nuevo saco de la temporalidad.
El decreto de la reforma laboral avisaba de que quedaba por cambiar la Ley General de la Seguridad Social para que fijas y fijos discontinuos pudiesen acceder a los subsidios por desempleo en las mismas condiciones que el resto de trabajadoras y trabajadores. Bien, dichas modificaciones han sido incluidas por el Decreto 3/2022.
Hasta el momento, las personas fijas-discontinuas tenían limitados los subsidios de desempleo y, además, se les denegaba el subsidio para mayores de 52.
A partir del 2 de marzo, sin embargo, tanto las personas que comiencen en un nuevo periodo de inactividad, como aquellas que firmen un nuevo contrato, podrán acceder a estos subsidios según la nueva regulación.