Como sabéis, una incapacidad permanente supone que, a raíz de una enfermedad o lesión graves, la trabajadora o trabajador ha perdido, en mayor o menor medida, capacidad para poder trabajar y, por tanto, tiene derecho a percibir una pensión (o una indemnización, como sucede en los casos de incapacidad permanente parcial).

Existen cuatro clases o grados de incapacidad permanente:

  • Incapacidad permanente parcial
  • Incapacidad permanente total
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Gran invalidez

Hay diferencias entre las cuatro, también en lo que se refiere a las prestaciones. Os dejo aquí una pequeña tabla con las principales:

Aunque, de todas maneras, tenéis todo lo que hay que saber en sus cuatro artículos específicos.