Es posible reducir nuestra jornada laboral por responsabilidades de cuidados. Pero, claro, siempre que hacemos esto, también se nos reduce el salario en el mismo porcentaje.

Sin embargo, cuando se trata de cuidar a hijas e hijos afectados por cáncer u otra enfermedad grave, podemos solicitar una prestación y evitar así esta pérdida económica.

Pueden solicitarla trabajadores y trabajadoras de todos los regímenes: por cuenta ajena, trabajo autónomo, trabajo de hogar, empleo público…

-> La última reforma de las pensiones incluyó un par de cambios:

• Podrá percibirse hasta que nuestra hija o hijo cumpla 26 años, siempre que se le hubiese reconocido una discapacidad del 65% antes de cumplir 23.

• En los casos de separación, divorcio o violencia de género, podremos percibir la prestación, aunque el otro progenitor no trabaje.

Toda la información y los últimos cambios: