Permiso de lactancia acumulada
Ésta es la forma que suelen escoger la mayoría de trabajadoras y trabajadores: sumar la hora de permiso diaria y acumularlas en jornadas completas. Con esta opción, por decirlo de alguna manera, en la práctica, lo que hacemos es alargar en varios días el permiso por nacimiento. ¿Cuál es la fórmula? Se contabilizan los días que restan para que la criatura cumpla 9 meses (por cada día laborable nos correspondería una hora) y se divide entre las horas de jornada que se realicen al día. Es decir, debemos convertir en jornada todas las horas de permiso.
Con un último cambio que os explicamos más adelante, desde el Ministerio se vendió que el permiso por lactancia pasaría a ser de 28 días y así lo recogieron distintos medios de comunicación, pero esto es completamente falso. El tiempo que nos corresponde por lactancia es distinto en cada caso, ya que depende de distintos factores (y, además, no hay apenas casos en los que se llegue a 28 días, a no ser que haya sido un parto múltiple, por ejemplo):
— Número de hijas e hijos. Como ya hemos mencionado, por cada criatura tendríamos una hora de permiso y, por tanto, si se tratase de un parto, acogida o adopción múltiple, el tiempo correspondiente se multiplicaría.
— Jornada laboral. Sea cual sea la duración de la jornada, el permiso siempre será de una hora diaria. Eso sí, cuando sumemos todas esas horas y las convirtamos en jornadas laborales, si nuestro contrato es a jornada parcial, tendremos la posibilidad de coger más días libres, como podremos ver en los ejemplos que damos más adelante.
— En qué fecha ha vuelto la madre o padre de disfrutar el permiso por nacimiento, si ha cogido las vacaciones y cuántos días faltan para que la niña o niño cumpla 9 meses.
Ejemplos:
1. Tras disfrutar el permiso por nacimiento (17 semanas) hemos cogido vacaciones (30 días). Desde el día de incorporación hasta que nuestro hijo cumpla 9 meses hay 130 días naturales, de los cuales, 98 son laborables, por ejemplo. Por tanto, nos corresponderían 98 horas de permiso por lactancia. Estas 98 horas tenemos que dividirlas entre la duración de nuestra jornada:
– Jornada completa (8 horas diarias): 98 / 8 = 12,25 días
2. Si no hubiésemos cogido vacaciones, esto supondría 30 días naturales más, lo que es igual a 22 días laborables más = 22 horas más de lactancia. Por tanto, en conjunto, estaríamos hablando de 120 días/horas:
120 / 8 = 15 días
3. Si trabajamos a jornada parcial, como el divisor es menor, el resultado será mayor. Siguiendo el ejemplo, a 120 horas de permiso correspondería…
– Jornada completa (8 horas): 120 / 8 = 15 días
– Jornada parcial (6 horas): 120 / 6 = 20 días
– Jornada parcial (4 horas): 120 / 4 = 30 días
* En cada caso hay que hacer los cálculos concretos. Esto no es mas que una aproximación, para entender mejor la explicación.
⇒ Recordad que en la función pública se puede disfrutar el permiso hasta que la niña o niño cumplan 12 meses. Por tanto, en el caso de acumular las horas, habría que calcularlo de esa manera.
∗ Últimos cambios (Decreto-Ley 2/2024)
Hasta que entró en vigor el mencionado Decreto-Ley 2/2024, si el convenio colectivo no reflejaba esta opción o si no había pacto o acuerdo con la empresa o la persona empleadora, era imposible disfrutar el permiso por lactancia en jornadas completas. Esto es, precisamente, lo que se cambió: se amplió a todas las trabajadoras y trabajadores la posibilidad de acumular la lactancia en jornadas completas, sin necesidad de que el convenio lo refleje. Lo que marque el convenio se tendrá en cuenta, siempre y cuando mejore las condiciones generales.
Este cambio, en su momento, tenía, según se dijo, el objetivo de finalizar con la transposición de la Directiva Europea 2019/1158. Dicha Directiva obligó a los distintos estados, incluido el español, a prolongar los permisos por nacimiento y cuidado. Como ya os explicamos entonces -entre medias con la mentira que hemos mencionado antes- con esta medida no se llegaba a los mínimos que había establecido la Directiva. Ni se llegaba con esta medida, ni tampoco con el permiso NO retribuido de 8 semanas que se creó en 2023. Por esta razón, tal como podéis leer en el artículo sobre este permiso de 8 semanas y en el artículo sobre el permiso por nacimiento, el Estado español fue duramente multado. Al parecer, con la ampliación del permiso por nacimiento a 19 semanas puesto en marcha en julio de 2025 se han alcanzado, por in, los mínimos a cumplir.
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