Arraigo socioformativo y trabajo
El objetivo de este arraigo, como hemos explicado, es la formación o el estudio; de todas formas, mientras estés estudiando, podrás también trabajar:
— Jornada: como máximo, 30 horas semanales.
— Salario: debe ser, por lo menos, el salario mínimo interprofesional (o el salario que establezca el convenio). Puntualicemos: un salario inferior es ilegal, pero ya sabemos cómo están las cosas, sobre todo, si la trabajadora o trabajador tiene otra procedencia.
— Sector: puede ser un trabajo en cualquier sector. Es decir, aunque tu formación sea para una profesión concreta, no es obligatorio que el contrato que consigas sea para esa misma profesión. Por ejemplo, puedes estar estudiando soldadura y, entre tanto, salirte un contrato en hostelería..
Además, podrás modificar este arraigo (y solicitar arraigo sociolaboral, por ejemplo) si cuentas con un contrato laboral. Y, como hemos dicho, no será necesario que dicho contrato esté vinculado con los estudios que has realizado.
Por último, podrás prorrogar este permiso, en el caso de que hayas superado el curso y quieras realizar el siguiente (en los ciclos de formación de nivel básico y medio). Para ello, necesitarás un informe del centro de estudios que certifique que has aprobado
Asimismo, si has finalizado tu formación antes de que finalice el año, podrás prorrogar el permiso, si has obtenido el título y estás buscando trabajo. ¡Atención! se entenderá que estás buscando empleo, si te has apuntado al SEPE.