El tema que os traemos hoy es el contrato de relevo. Tema muy interesante para aquellas y aquellos que pueden solicitar la jubilación parcial y, por supuesto, también para quienes entren a sustituir a esas personas.

De hecho, cuando una trabajadora o trabajador se jubila parciamente en una empresa, dicha persona reducirá su jornada de trabajo y, durante un tiempo, percibirá tanto su salario como la pensión (en función del porcentaje de jornada que realice). En ciertos casos, la empresa deberá contratar a una nueva persona para que sustituya a la trabajadora o trabajador jubilado parcialmente y realice el porcentaje de jornada que ha reducido. Al contrato que celebre con esta nueva persona se le denomina contrato de relevo.

En este artículo encontraréis información útil para ambos casos:

  • Modalidades de jubilación parcial
  • Requisitos de cotización
  • Jornada
  • Contrato (modelos de contrato incluidos)
  • Solicitud