Residencia por arraigo social

¿Qué es la residencia por arraigo social?

Es una autorización de residencia temporal. Si se te concede, ten en cuenta que solo dura un año. Después de este tiempo tendrás que solicitar otra autorización.

La residencia por arraigo social permite trabajar y no necesitas para solicitarla tener un visado

¿Qué requisitos necesitas para solicitar el permiso de residencia por arraigo social?

– Demostrar que has estado viviendo en el Estado español durante, por lo menos, tres años de forma continuada (si te has ausentado, no puede sobrepasar los 120 días). Por eso te recomendamos en otro apartado que te empadrones lo antes posible. Es la mejor documentación que puedes aportar, aunque también puedes utilizar documentos municipales o de la sanidad pública (consultas médicas, hospitalización) donde aparezca tu nombre, para demostrar que has estado viviendo aquí durante ese tiempo.

– Un contrato de trabajo. No es necesario que lleves trabajando un tiempo concreto, lo importante es tener un contrato firmado cuando hagas la solicitud y que el contrato sea por lo menos para un año. Recuerda que si trabajas en el domicilio de una familia, tienen que hacerte contrato. (Puedes consultar el apartado de trabajadoras de hogar en situación irregular)

– Tener vínculos familiares con personas que vivan legalmente en el Estado, padre, madre, hijos, pareja… (sean migrantes o no). Si no, también se puede presentar un informe que acredite la inserción social. Este informe hay que pedirlo en el Gobierno Vasco (teléfono de atención: 012. No es de tarifa especial) o, en el caso de Navarra, en los ayuntamientos. Si no tienes contrato de trabajo, pero sí puedes acreditar medios de vida suficientes, por ejemplo, porque vas a comenzar a trabajar por cuenta propia, deberás presentar obligatoriamente este informe.

– Más información sobre los requisitos y la documentación necesaria AQUÍ

¿Dónde solicitar la residencia por arraigo social?

Tienes que solicitarla en la oficina de extranjería de la provincia en la que vives:

ARABA:
Olagibel 1 (Gasteiz)
945 759 490 (información) 945 759 480 (cita previa)
extranjeria_informacion.alava@correo.gob.es

BIZKAIA:
Gran Vía 50 (Bilbo).
944 509 435 (información) 944 509 434 (cita previa)
oficina_extranjeros.bizkaia@correo.gob.es

GIPUZKOA:
Plaza Pío XII, 6 (entrada por Javier de Barkaiztegi)
943 989 122 (información) 943 989 110 / 943 989 120 (cita previa)
oficina_extranjeros.gipuzkoa@seap.minhap.es

NAFARROA:
Gipuzkoa etorbidea, 40 (bajo – Buztintxuri)
948 979 200 (información) 948 979 203 (cita previa)
infoext.navarra@seap.minhap.es

Tasa: tendrás que pagar una tasa. Tienes un plazo de 10 días para hacerlo. La administración tiene 3 meses para contestarte. Si te conceden la residencia, tienes un mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjero (TIE).