En esta situación, la trabajadora o trabajador se encuentra incapacitado para desarrollar cualquier actividad laboral, igual que sucede con la incapacidad absoluta, pero, además de esto, debe necesitar la ayuda de una tercera persona para realizar las actividades cotidianas, tales como levantarse, vestirse, moverse…
En este caso a la pensión mensual se le suma un complemento destinado a poder pagar esta ayuda.
Para calcular este complemento, se tendrá en cuenta:
– el 45% de la base mínima de cotización que esté en vigor en ese momento
– el 30% de la última cotización de la trabajadora o trabajador
Se sumarían estas dos cantidades y el resultado sería lo que percibiríamos a modo de complemento.
También en este caso os hemos explicado las cotizaciones previas necesarias, las cuantías mínimas para 2022 y más: