Ayudas de emergencia social (AES) – CAV/Navarra

Estas ayudas son únicas y excepcionales. Es decir, no se asignan co una periodicidad fija, sino que su objetivo es dar respuesta a necesidades concretas. Se establecen según los presupuestos y no suponen un derecho. Dicho de otra manera, aunque se cumplan los requisitos, la administración no está obligada a conceder esta ayuda; cuando se agota el presupuesto que se ha asignado para las AES, esto es suficiente razón para denegarlas.

Cuando recibimos esta ayuda, el dinero tenemos que dedicarlo obligatoriamente al gasto por el cual la hemos solicitado y no a otro tipo de necesidades

¿Cuáles son estos gastos?

Las ayudas de emergencia social son, en teoría, un medio para que la ciudadanía viva de una manera digna. Por lo tanto, podemos solicitarlas para hacer frente a gastos básicos. Entre estos están los siguientes:
– Gastos de vivienda (alquiler o hipoteca).
– Suministros (luz, agua, gas, electricidad)
– Gastos de mantenimiento de la vivienda (fontanería, electricidad, arreglos…)
– Trabajos de mantenimiento de la comunidad.
– Gastos sanitarios que no cubre Osakidetza ni Osasunbidea (dentista, gafas, diversas terapias…)
– Necesidades educativas
– …

¡Atención! Si tu necesidad es pagar el alquiler y vives en la CAV, en el caso de que estés cobrando la RGI, no tendrías que solicitar esta ayuda, ya que en ese caso te corresponde la prestación complementaria de vivienda (PCV).

¿Cuál es el máximo de ingresos para poder solicitar esta ayuda?

Como sucede con el resto de prestaciones, se tendrá en cuenta la unidad familiar a la hora de contabilizar los ingresos.

Integrantes unidad familiarCAVNavarra
  Pensionistas 
1

12.910,68 euros/año

14.175,18 euros/año1.255 euros/mes
2  1.506 euros/mes
318.338,94 euros/año19.136,34 euros/año1.631 euros/mes
418.338,94 euros/año19.136,34 euros/año1.757 euros/mes
518.338,94 euros/año19.136,34 euros/año1.882 euros/mes
6 o más18.338,94 euros/año19.136,34 euros/año2.008 euros/mes

(Con las pagas extra prorrateadas)

También hay otros requisitos en lo que se refiere a bienes:

En la CAV, por ejemplo, el patrimonio de que dispongas está limitado, entre los 30.000 y 45.000 euros, siempre según el caso concreto (si se trata de una familia monoparental, si sois pensionistas, si tenéis menores a vuestro cargo etc.). En Navarra, por otro lado, el valor catastral de los bienes inmuebles de la familia no puede superar los 72.000 euros.

Otros requisitos:

– Tener 18 años cumplidos
– Estar empadronada o empadronado en el ayuntamiento donde se solicita la ayuda (CAV) o en algún municipio de la zona del servicio social de base (Navarra).

¿Dónde hay que acudir para solicitar las ayudas de emergencia social?

Se trata de ayudas que financian, regulan y concretan en sus presupuestos las comunidades autónomas; no obstante, su gestión está en manos de los ayuntamientos (se solicitan en los mismos y los municipios, a su vez, deben pedirlas al Gobierno de Navarra o al Gobierno Vasco).

Por tanto, debemos acudir a los servicios sociales y pedir cita con el o la trabajadora social. Es muy importante que nos informemos previamente, ya que, aunque los métodos para hacer la baremación de las necesidades estén establecidos, al fin y al cabo, aceptar nuestra solicitud está en manos del trabajador o trabajadora social y de su subjetividad.

Si vives en Navarra, puedes consultar AQUÍ cuál es el servicio social de base que te corresponde, ya que varios ayuntamientos están mancomunados.