Ayudas para gastos extraordinarios. Familias numerosas y monoparentales (Nafarroa)

2020/06/19

Ésta es la última de las tres ayudas que ha publicado recientemente el Gobierno de Navarra para familias. Anteriormente, ya os habíamos traído las ayudas para excedencias por resposabilidades de cuidados y las ayudas a la conciliación para familias monomarentales y monoparentales.

Esta ayuda está formulada para los siguientes gastos:
            – prótesis auditivas
            – prescripciones ópticas
            – ortodoncia

Se subvencionarán los gastos que se hayan producido en el 2020 (hasta el 15 de octubre) y desde el 16 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2019.

¿A quién están dirigidas?

A familias numerosas o familias monomarentales o monoparentales.

Es necesario contar con el carnet correspondiente y debe estar en vigor cuando se solicite la ayuda. Aquí tienes dónde tramitarlo:

Carnet de familia numerosa.
– Carnet de familia monoparental.

Requisitos

• Como hemos dicho, es necesario el carnet de familia monoparental o de familia numerosa y debe estar en vigor.

• Todas las y los integrantes de la unidad familiar deben convivir (es decir, las y los que se computan a afectos de la ayuda).

• Todas las y los integrantes de la unidad familiar deben llevar empadronados en Navarra, por lo menos, dos años.

• Se tendrán en cuenta la renta familiar per capita, tanto para poder acceder a las ayudas, como para establecer la cuantía.

El la página del trámite aparece que la renta per capita debe ser menor a 11.294,64€; sin embago, parece ser un error, ya que en la Orden Foral se establecen dos límites: 11.294,64€ para percibir una cuantía y 14.306,54€ para una cuantía inferior. Por tanto, el límite de ingresos sería 14.306,54€.

            ¿Cómo se calculará esta renta per capita?
            – Se tendrá en cuenta la declaración de la renta de las y los integrantes de la unidad familiar. El resultado se dividirá entre el número de familiares.
            – Cada hija o hijo que tenga una discapacidad de, por lo menos, el 33%, computarán como dos personas.

Cuantías
  • Prótesis auditivas

– 500€ o el importe de la prótesis (si es menor a 500€), si la renta familiar per capita es menor al IPREM X 1,5, es decir, si es menor a 11.294,64€..

– 350€ o el importe de la prótesis (si es menor a 350€), si la renta familiar per capita es menor al IPREM X 1,9, es decir, si se encuentra entre 11.294,64€ y 14.306,54€.

  • Prescripciones ópticas

– 160€ o el importe de la prescripción óptica (si es menor a 160€), si la renta familiar per capita es menor a 11.294,64€.

– 120€ o el importe de la prescripción óptica (si es menor a 120€), si la renta familiar per capita se encuentra entre 11.294,64€ y 14.306,54€.

  • Ortodoncia

– 600€ o el importe del tratamiento de ortodoncia (si es menor a 600€), si la renta familiar per capita es menor a 11.294,64€.

– 300€ o el importe del tratamiento de ortodoncia (si es menor a 300€), si la renta familiar per se encuentra entre 11.294,64€ y 14.306,54€.

Documentación

• Impreso de solicitud. Puedes descargarlo AQUÍ.
• Certificado de empadronamiento. Debéis aparecer todas y todos los integrantes de la unidad familiar.
• Solicitud de abono por transferencia. Puedes bajar dede AQUÍ el documento.
• Declaración de todas las ayudas económicas concedidas a la unidad familiar con el mismo objetivo. Tienes AQUÍ el documento.
• Si tienes hijas o hijos entre 18 y 25 años, debes presentar el certificado de vida laboral y declaración de ingresos, en el caso de que trabajen; en el caso contrario, también debes presentar una declaración al respecto. Nos referimos, por supuesto, a los hijos e hijas que formen parte de la unidad familiar a los efectos de la ayuda.

• Para certificar los gastos:
             – Prescripción facultativa de la necesidad del material por el que solicitas la ayuda
             – Factura de la compra
             – Justificante de pago: extracto bancario o, si lo has pagado en metálico, recibí (firmado y sellado). Si lo has pagado a plazos, documento acreditativo de la financiación.
             – En el caso de los tratamientos de ortodoncia, debes presentar el presupuesto y los justificantes de pago desde octubre de 2019.

Solicitudes

Plazo de solicitud: desde el 18 de junio de 2020 hasta el 15 de octubre de 2020.

POR INTERNET
Puede hacerse a través del Registro General Electrónico. AQUÍ tienes la página.
O, si no, desde la misma página del trámite.

Recuerda que para tramitarlo por internet, debes hacerlo por medio del sistema cl@ve. Para ello necesitas el certificado digital o el DNI electrónico; de lo contrario, también puedes solicitar una clave.

Para saber en qué consiste el sistema cl@ve, míralo AQUÍ
Para saber cómo conseguir una cl@ve permanente, AQUÍ
Y para usos esporádicos, cl@ve + PIN, AQUÍ

PRESENCIALMENTE
La documentación se puede entregar en las Oficinas de Registro. En esta PÁGINA tienes la lista de oficinas con las direcciones.

Teléfono de atención del Departamento de Familia: 848 42 12 58