Prestación complementaria de vivienda (PCV) – CAV

Esta prestación sirve para ayudar en el pago del alquiler. Se trata de un complemento de la renta de garantía de ingresos. Es decir, solamente pueden acceder a ella las personas que son perceptoras de la RGI.

¿Cuánto se percibe?

250 euros mensuales como máximo.

Requisitos:

– Tienes que percibir la RGI
– La casa por la que pagas un alquiler no puede pertenecer a nadie de tu familia ni de la familia de ninguna persona perteneciente a tu unidad familiar
– No puede tratarse de una vivienda de protección pública
– Debes apuntarte en Etxebide para la modalidad de alquiler

¿Qué documentación se necesita?

Tienes que presentar, por lo menos, lo siguiente:
– Documentación que acredite el gasto de alquiler: conrato de arrendamiento de la casa o habitación
– Documentación que acredite que te has apuntado en Etxebide
– Documentación que demuestre que has pagado el alquiler
– Si has cambiado de domicilio, el certificado de empadronamiento

 

Tienes que demostrar cada seis meses que estás pagando el alquiler. Para ello te pueden servir las facturas o los documentos bancarios en los que se refleje que has abonado este gasto. En los mismos deben aparecer tus datos, los datos de la persona que te alquila la vivienda y la cantidad que has pagado.

Esta prestación se puede solicitar a la vez que la RGI, en el mismo impreso. También puede solicitarse posteriormente en las oficinas de Lanbide