Riders: devolución de las cuotas al RETA

2021/06/25

Después de la dura pelea de las y los riders, y tras conseguir múltiples sentencias favorables, gracias a la organización, acumulación de fuerzas y lucha de las trabajadoras y trabajadores, se ha conseguido una ley de mínimos por parte del Gobierno de Madrid. El fundamento principal de dicha ley, como ya sabéis, es que las empresas deben reconocer el carácter laboral de las y los riders y que, por tanto, deben pasar de ser falsas y falsos autónomos a ser trabajadoras y trabajadores por cuenta ajena. No obstante, esta ley es completamente insuficiente, como ya os explicamos en nuestro artículo, en el que damos las principales claves de lo que supone dicha ley:

Pero, ¿qué sucede su has estado trabajando como falsa o falso autónomo y has tenido que abonar durante meses o años cuotas que no te correspondían? No des ese dinero por perdido. Puedes reclamarlo.

En este vídeo nuestro compañero explica perfectamente con qué opciones cuentas para recuperar todos tus gastos:

Por nuestra parte, en este artículo vamos a explicaros paso por paso cómo se debe reclamar la devolución de las cuotas al RETA o régimen de trabajo autónomo. Como veréis, se trata de un trámite administrativo bastante sencillo

Devolución de las cuotas al RETA

Mientras hemos estado trabajando como falsas y falsos autónomos, hemos estado ingresando unas cotizaciones que no nos correspondían, es decir, hemos estado pagando la cuota de autónomos si serlo realmente. Dicho de otra manera, lo que tenía que pagar la empresa lo hemos estado sacando de nuestro bolsillo.

La devolución de dichas cuotas hay que solicitársela a la Seguridad Social. Como ya hemos dicho, se trata de un trámite relativamente sencillo. Lo tenéis explicado en ESTA PÁGINA:

Como podéis ver y como cuenta nuestro compañero en el vídeo estas devoluciones suponen también un pago por interés de demora y, además, podemos reclamar las cuotas comprendidas dentro de los cuatro años previos a hacer la reclamación.

Solicitud de devolución presencial:

Más adelante os explicaremos cómo se puede hacer online, pero si no tienes posibilidad de ello o prefieres hacerlo en las oficinas presencialmente, puedes descargar el impreso de solicitud desde la misma página del trámite (se trata del PDF que vemos en la parte inferior de la anterior imagen) o descargarlo directamente desde ESTE LINK.

En el documento tendrás que reflejar lo siguiente:

• Datos personales
• Causa de la devolución: razón de tu solicitud o qué es lo que solicitas
• Periodo: el periodo durante el que has estado abonando esas cuotas
• Importe: cuánto has pagado en total
• Cuenta corriente: en qué cuenta bancaria quieres que te ingrese el dinero la Seguridad Social

Aquí tenéis un ejemplo:

Como veis, junto con el impreso de solicitud, hemos adjuntado ciertos documentos:

  • Comprobantes de los pagos que hemos ido ingresando en el RETA
  • Sentencia (si cuentas con alguna sentencia judicial que te reconoce como falsa o falso autónomo, adjúntala)
  • Acta de liquidación (si la empresa no tiene a sus trabajadoras y trabajadores dentro del régimen que les corresponde y, por tanto, no cotiza por ellas y ellos, Inspección Laboral puede comenzar un procedimiento contra ella para reclamar dichos pagos. Para ello haría entrega a la empresa de lo que se conoce como acta de liquidación, y este documento también se lo proporcionaría a las trabajadoras y trabajadores).

Por tanto, deberías adjuntar los documentos que acrediten los pagos de las cuotas que quieres recuperar y, además de ello, si cuentas con algún tipo de documento oficial que pruebe tu relación laboral adjúntalo también.

No obstante, si no tienes ni documentación de Inspección Laboral ni de los juzgados, no te preocupes. Aunque la Seguridad Social nos denegase la devolución de las cuotas, de todas maneras, paralizaríamos el tiempo de prescripción. Recuerda que contamos con cuatro años para reclamar dichas cuotas y, si el tiempo siguiese corriendo, todas las cuotas que quedasen fuera de los últimos cuatro años no nos serían devueltas de ninguna de las maneras. Una vez paralizados los plazos, podemos dirigirnos con tranquilidad a Inspección Laboral e interponer una denuncia para que reconozcan nuestra relación laboral.

Una vez rellenado el documento, debes presentarlo en la Delegación de la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia (junto con los demás documentos que quieras adjuntar). Éstas son las direcciones:

ARABA:
Duque de Wellington, 31. Gasteiz.
Tf.: 945 16 27 00

BIZKAIA:
Gran Vía, 89. Bilbo.
Tf.: 94 428 43 00

GIPUZKOA:
Hermanos Otamendi, 13. Donostia
Tf.: 915 41 02 91

NAFARROA:
Conde Oliveto, 7. Iruñea.
Tf.: 948 28 92 00

Solicitud de devolución online:

Hay distintas opciones para hacer este trámite online: con certificado digital o DNI electrónico, con el sistema cl@ve o mediante un SMS.

Esta última modalidad es bastante nueva y sencilla; de hecho, si le has proporcionado previamente tu número de teléfono móvil a la Seguridad Social, lo único que tienes que hacer es introducir tus datos personales (número de DNI o NIE, fecha de nacimiento y número de teléfono) y te enviarán una clave de un único uso en un SMS. 

Tienes detallado en los siguientes artículos cómo realizar los trámites con la Seguridad Social por internet:

Para realizar la solicitud online, tenemos que entrar a ESTA PÁGINA.

En la parte inferior tienes las opciones disponibles. Escoge la que vayas a utilizar y, como hemos comentado previamente, rellena el impreso de solicitud y adjunta la documentación con la que cuentes.

La Seguridad Social tarda dos o tres meses en dar una contestación. Aquí tienes un ejemplo: