Prórroga de 6 meses de los permisos de trabajo y residencia

2020/05/20

Durante esta crisis no se ha tomado ni una sola medida de cara a las personas migrantes, como si, simplemente, no existieran, pese a saber muy bien que si hay alguien en una situación realmente vulnerable, son ellas y ellos. Como es de sobras conocido nuestras vecinas, nuestros vecinos, para el poder político y económico no son más que recursos de usar y tirar y no ciudadanos con derechos. Y esta situación es mucho más dura en el caso de aquellas personas que están en situación administrativa irregular. Desde Bizilan nos sumamos a la reividicación Regularización ya!, ya que ése es el principal escollo con el que se encuentran desde un principio: la decisión de dejarles completamente fuera del sistema y sin protección alguna.

Y a nosotras y nosotros, europeos y blancos, también nos afectan esas decisiones directamente, ya que el hecho de mantener a todo un colectivo como mano de obra hiperbarata y en la explotación más absoluta, no hace más que tirar también de nuestros derechos a la baja.

Pero la situación tampoco ha sido nada fácil para aquellas personas que se encuentran en situación regular. Como os explicamos en otro artículo, la única medida que se ha tomado fue posponer algunos trámites (aunque la mayoría de plazos han continuado en vigor).  Y, ante la imposibilidad de poder realizar los trámites de foma presencial, se les ha pedido que lo hagan telemáticamente, a sabiendas de que muchas de estas personas carecen de los medios materiales para ello, además, del complejo lenguaje administrativo, lo que les ha impedido, directamente, poder realizar dichos trámites en condiciones.

Por medio de una Orden publicada el 20 de mayo, se ha decidido prorrogar automáticamente los permisos de estacia y de trabajo.

¿Qué permisos van a prorrogarse?

— Permisos temporales de residencia y trabajo
— Tarjetas de identidad temporales
— Tarjetas de familiares de ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea
— Tarjetas de identidad de residentes de larga duración

Carácter de la prórroga

Se prorrogarán aquellas que hayan caducado durante el estado de alarma. Además de ello, también las que hubiesen caducado durante los 90 días anteriores a que se declarase el estado de alarma. Es decir, se prorrogarán automáticamente los permisos que hubiesen perdido la vigencia a partir del 15 de diciembre de 2019.

• Se prorrogarán durante seis meses.

• Estos seis meses comenzarán a contar a partir del día en que caducó el permiso o la tarjeta. Es decir, si el permiso perdió su vigencia en febrero, se prorrogará hasta agosto.

• Como es normal, mucha gente ya ha realizado una solicitud de renovación. Esto quiere decir que, si todavía no te han respondido, también entrarías dentro de esta prórroga automática. No obstante, si has hecho la solicitud y el procedimiento está en marcha, si, cuando resuelvan, la decisión es más provechosa que esta prórroga, se te aplicaría dicha decisión.

• Se podrán presentar nuevas solicitudes de renovación de permisos o tarjetas en cualquier momento mientras dure la prórroga y durante los siguientes 90 días.

Estancia de corta duración (permisos de 90 días)

Si estás en el Estado español con un permiso de estancia de 90 días y ha finalizado durante el estado de alarma, se te prorrogará durante TRES meses.

Sin embargo ¡ATENCIÓN!, este tiempo durante el que se prorrogue la estancia, se tendrá en cuenta la próxima vez que solicites otro permiso de estancia. Recuerda que se puede pasar en el Estado, como máximo, 90 días cada seis meses. Por lo tanto, se tendrá en cuenta este tiempo “de más” y, por lo visto, la estancia permitida será más corta. Sin embargo, no se concreta en qué términos.

En el caso de estar fuera del Estado español

Si estás fuera del Estado y se te ha caducado el permiso o la tarjeta, podrás volver a entrar. Eso sí, no olvides que tu pasaporte o documento de identidad debe estar en vigor. Es decir, puedes tener caducado el permiso o tarjeta de extranjero, pero no el pasaporte o tu documento identificativo.

Por otra parte, si te ha resultado imposible volver al Estado a causa del covid-19, ese periodo de tiempo no se tendrá en cuenta para el cálculo del tiempo que es obligatorio acreditar como residencia continuada. Por poner un ejemplo, ara solicitar la residencia de larga duración es necesario acreditar que se ha vivido en el Estado durante 5 años continuados; por tanto, si, por ejemplo, el estado de alarma te ha pillado de vacaciones y no has podido volver en su momento, esto no se tendrá en cuenta.

Por último, solo añadir que esta medida se podría haber tomado muchísimo antes, sin necesidad de haber mantenido durante meses a tantas personas en la más absoluta de las inseguridades y con miedo a una posible expulsión. Pero, como hemos dicho al principio, por lo visto, nuestras vecinas y vecinos, simplemente, no existen.