Cuando tenemos una hija o hijo afectado de cáncer u otra enfermedad grave y necesita de cuidados continuos y permanentes, podemos acogernos a una reducción de jornada.

Dicha reducción debe ser, como mínimo, del 50% y, como máximo, del 99%. Para evitar la pérdida económica que nos provocaría, podemos solicitar una prestación (del 100% de la base reguladora).

Hasta enero del 2022, este derecho se extinguía al cumplir la mayoría de edad, pero ahora se ha prorrogado hasta que nuestro hijo o hija cumpla 23 años.

—> Si te denegaron la prestación por esta razón, puedes volver a solicitarla.

Está dirigido trabajadoras y trabajadores de cualquier régimen de la Seguridad Social (por cuenta ajena, trabajo autónomo, trabajo de hogar).

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