¿Qué hacer si no tienes contrato?

Contratos que se realizan verbalmente

Legalmente, los contratos pueden realizarse por escrito o verbalmente. No obstante, no en su totalidad (los contratos en prácticas, de formación, temporales, de relevo… deben hacerse por escrito). De todas manera, normalmente, cuando la empresa no nos hace un contrato por escrito, suele ser porque pretende pagarnos en negro. Ver más adelante.

En caso de que el contrato deba hacerse por escrito obligatoriamente y no se haga, se supondrá que el contrato es indefinido y a jornada completa, si la empresa no prueba lo contrario.

Si la relación laboral se prolonga durante cuatro semanas, la empresa está obligada a definir por escrito a la trabajadora o trabajador las características del contrato.

Si se trata de un contrato verbal, ¿cómo podemos saber si estamos trabajando legalmente?

Para estar trabajando legalmente, la empresa tiene que darnos de alta en la Seguridad Social. Por tanto, podemos acudir a las oficinas de la Seguridad Social o pedir nuestra vida laboral (¿Dónde acudir para saber si la empresa nos ha dado de alta?)

¿Y si nos despiden o no nos pagan?

En este caso también se puede reclamar. La dificultad radica en demostrar la relación laboral, desde cuándo estamos trabajando, qué jornada realizamos etcétera. Como no existe un contrato por escrito, es muy importante guardar pruebas desde el primer momento en que empezamos a trabajar: correos electrónicos, copias de todos los documentos que nos entreguen, copias de los horarios o calendarios laborales… así como conseguir testigos (otras trabajadoras o trabajadores, clientela…)

Si estás trabajando en negro

Muchas veces nos vemos en la necesidad de trabajar en negro. De esta manera, la empresa no cotiza nuestra parte y se ahorra ese dinero. Igualmente, como no estamos trabajando de una manera legal, tampoco cotizamos durante ese tiempo para la jubilación o para la prestación por desempleo, entre otras cosas.

Sin embargo, esto no quiere decir que no podamos hacer nada, si nos despiden o si no nos pagan, por ejemplo. Tiene una importancia crucial en este caso reunir todas las pruebas que podamos. Como acabamos de decir en el anterior punto, necesitaremos correos electrónicos, documentos, copias de las horarios y calendarios laborales, fotografias, testigos… Hay que analizar bien cómo tenemos que proceder en cada caso, por eso es importante que te pongas en contacto con el sindicato tan pronto como comiences a trabajar.

Si la inspección laboral encontrase el caso de personas trabajando en negro, la empresa, además de tener que pagar una multa, debería contratar a esas trabajadoras y trabajadores con contrato indefinido. No obstante, antes de tomar cualquier medida, es conveniente que busques consejo.

Por otro lado, si estamos trabajando en negro y, a la vez, cobrando la prestación por desempleo, podrían multarnos y obligarnos a devolver las cantidades que hubiésemos cobrado (también pueden quitarnos la prestación durante los siguientes seis meses)