Ayudas a la hostelería (Nafarroa)
2020/12/01
El viernes pasado (27 de noviembre) se publicaron en el Boletín Oficial de Navarra las ayudas al sector de la hostelería (Resolución 70/2020).
Pueden solicitar estas ayudas medianas y pequeñas empresas que se hayan visto afectadas por las distintas medidas que se han adoptado a causa de la covid-19. En comparación con las anteriores ayudas, quizá ésta sea la principal diferencia en torno al concepto: éstas últimas están pensadas, principalmente, para empresas y no tanto para trabajadoras y trabajadores autónomos, aunque, por supuesto, también puedan solicitarlas. Así, como veremos más adelante, aunque puedan percibirse hasta 25.000 euros, a muchas y muchos autónomos lo que les corresponderá será la cuantía mínima (2.850 euros).
Los daños que se quieren compensar no están vinculados a una decisión o medida en concreto, sino a las pérdidas que se vienen sucediendo durante todo este tiempo de pandemia. El objetivo de las ayudas es compensar los gastos fijos operativos. Por tanto, se tendrán en cuenta dos variables para realizar el cálculo: esos gastos fijos y la bajada de facturación.
No se tratará de que nosotras y nosotros demostremos cuáles han sido nuestros gastos, sino que se aplicarán una serie de porcentajes, para los que, según se dice en la convocatoria, se ha tenido en cuenta la estructura de ingresos y gastos del sector en general, según los datos del Instituto de Estadística de Navarra.
Por tanto, aunque se trate de un análisis individualizado de cada solicitud, no se tendrá en cuenta realmente nuestra situación particular ni nuestros gastos concretos, sino que se nos aplicará un porcentaje según nuestro subsector.
Por otra parte, se tendrán en cuenta todas las solicitudes que se presenten a tiempo y que cumplan con los requisitos (en tanto se cuente con crédito presupuestario para ello). Se han destinado 20 millones a estas ayudas.
Requisitos:
• La sede fiscal y los centros de trabajo deben estar en Navarra (desde antes de julio de 2020).
• Debe tratarse de alguna actividad vinculada a la hostelería o el turismo. Puedes consultar los epígrafes que se han incluido en la tabla que aparece en el siguiente punto.
• El volumen declarado en el impuesto del IVA del año 2019 no ha podido ser mayor a 6 millones.
• El volumen declarado en el impuesto del IVA durante los tres primeros trimestres del 2020 ha debido ser, por lo menos, un 20% menos del que declaraste en el mismo periodo del 2019.
⇒ En el caso de las autónomas y autónomos que tributan en el régimen simplificado, han debido percibir las aydas que se pusieron en marcha el 15 de abril mediante el Decreto Foral 3/2020 :
Cuantías
— 2.850 euros, como mínimo, y 25.000 euros, como máximo.
— Como hemos dicho, se tratará de un análisis individualizado y la cuantía se establecerá de la siguiente manera: se aplicará un porcentaje de gasto fijo a la base imponible de IVA de los tres primeros trimestres, que será el correspondiente a cada epígrafe del Impuesto de Actividad Económica que vemos en el siguiente cuadro:
Además, se poderará el resultado en función de la caída de ingresos de cada empresa.
- Excepciones:
– Se percibirá una cuantía fija de 2.850 euros en el caso de que tributes por módulos (y, como hemos dicho antes, también has tenido que haber percibido la anterior ayuda a autónomos).
– Asimismo, se percibirá una cuantía fija de 2.850 euros si la fecha de inicio de la actividad está entre el 1 de enero de 2019 y el 1 de julio de 2020.
Se tratará de un solo pago que se percibirá antes del 31 de diciembre.
Documentación
En general no es necesario presentar ninguna documentación adicional. Será suficiente con realizar la solicitud y rellenatr el formulario y será la administración la que consulte los datos y calcule el importe
Si hubiese que adjuntar alguna otra documentación, nos la pedirían al momento de cumplimentar el formulario y se trataría de alguna de las siguientes:
– Certificados de encontrarse al día en los pagos a la Seguridad Social y a Hacienda. Te lo pedirán en el caso de que no des tu permiso para que se consulte esto automáticamente; de lo contrario, no es necesario.
– Quienes tengan que presentar la declaración de transparencia también deberán adjuntar una copia de las cuentas del último año (seguramente no sea necesario, porque las autónomas y autónomos normales y corrientes no perciben ayudas de la administración de más de 20.000 euros).
Solicitud
Plazo de solicitud: desde el 1 de diciembre de 2020 al 15 de diciembre de 2020
La solicitud debe realizarse obligatoriamente de manera telemática, desde ESTA PÁGINA del trámite.
Si tienes alguna duda, aquí tienes la dirección y teléfono de contacto:
ayudasturismoyhosteleria@navarra.es
Tf: 848 43 33 00 (de 8:30 a 14:30 de la mañana)
Recuerda que para poder hacerlo por internet, necesitas alguno de estos métodos de identificación:
– DNI electrónico o certificado digital
– PIN de la Hacienda de Navarra
– Sistema Cl@ve
Todos los detalles sobre el sistema cl@ve puedes consultarlos en este artículo: