Permiso para el cuidado de hijas e hijos a causa del covid-19 (Administración de Navarra)

2020/10/09

Como todas y todos sabemos, tenemos un gran problema en este momento para poder hacer frente a posibles contagios de nuestros hijos e hijas o posibles cierres de clases y escuelas.

No obstante, las trabajadoras y trabajadores de la Administración de Navarra tienen la opción de solicitar un permiso para hacer frente a estas responsabilidades de cuidados. Se trataría de un permiso para atender a un deber inexcusable, que se estableció en mayo por medio de la Orden Foral 59/2020.

De hecho, entonces se acordaron distintas medidas para una vuelta segura al trabajo, entre las cuales se encontraba la posibilidad de solicitar este permiso. Dicha orden recogió la mayoría de puntos propuestos por LAB. Ahora se ha publicado en el BON del 5 de octubre la Orden Foral 105/2020 mediante la que se ha establecido que dicho permiso por este deber inexcusable siga en vigor.

Es un permiso que se puede solicitar para el cuidado de menores que, habiendo tenido una PCR negativa o sin que les hayan hecho la prueba, han sido confinadas o confinados en casa  y se autorizará en el caso de que, por cualquier razón, no se pueda hacer teletrabajo.

¿A quién está dirigido?

Trabajadoras y trabajadores de la Administración de Navarra. Esto ya lo establecía la anterior orden; no obstante, mediante esta segunda orden también se ha explicitado que se incluyen a las trabajadoras y trabajadores de los centros docentes, siempre y cuando su concesión permita la adecuada cobertura de las necesidades del servicio.

Se trata de un permiso para cuidar a hijas e hijos menores de 14 años ante los posibles casos de cierre de centros.

Incompatibilidades

Si convives con otra persona que pueda hacerse cargo de estos cuidados. Por ejemplo, si tu pareja no realizase un trabajo remunerado, pueden denegarte este permiso.

Por otra parte, se menciona que uno de los requisitos es que no puedas desarrollar tu trabajo de forma no presencial. Por tanto, entendemos que, si puedes solicitar el teletrabajo, se priorizaría dicho teletrabajo a la concesión del permiso.

Solicitud

Este permiso se encuadra en la normativa sobre vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra (Decreto Foral 11/2009, artículo 28) y, por tanto, se trata de un permiso retribuído.

Deberás presentar la siguiente documentación:

Impreso de solicitud.
Puedes echar un vistazo AQUÍ al impreso de solicitud general del Departamento de Educación para cualquier tipo de permiso (en la red no hay, o no hemos encontrado, documentos pertenecientes al resto de departamentos.

• Declaración responsable. En la misma debes explicitar que eres, de manera exclusiva, la persona de la unidad familiar que tiene esta dedicación a su cargo.

Libro de familia o, en los casos de acogida, resolución administrativa.

Vigencia de esta medida

Comienzo: a partir del día siguiente a su pubicación, es decir, desde el 6 de octubre.

Finalización: hasta que se ponga en marcha algún otro permiso, prestación o instrumento o, en su defecto, hasta el fin del curso 2020-2021. Dicho de otra manera, esta medida se prolongará hasta que termine el curso escolar, a no ser que en ese tiempo se tome alguna otra medida que tenga el mismo objetivo.

 

Para terminar, decir que los permisos por deber inexcusable no se limitan a la Administración de Navarra. Como ya os explicamos en su momento, el artículo 37.3 del Estatuto de los trabajadores también recoge este permiso. Os lo contamos en el artículo Coronavirus. Información y consejos para el estado de alarma (en el apartado “Si no podemos acudir al trabajo por responsabilidades de cuidados”) y, además, también podéis descargaros un modelo de solicitud para la empresa.