Residencia por arraigo laboral
¿Qué es la residencia por arraigo laboral?
Es una autorización de residencia temporal. Si se te concede, ten en cuenta que solo dura un año. Después de este tiempo tendrás que solicitar otra autorización.
La residencia por arraigo laboral permite trabajar y no necesitas para solicitarla tener un visado.
A veces se confunde arraigo laboral con arraigo social, pero hay diferencias:
¿Qué requisitos necesitas para solicitar el permiso de residencia por arraigo laboral?
Demostrar que has estado viviendo en el Estado español durante, por lo menos, dos años de forma continuada (si te has ausentado, no puede sobrepasar los 90 días). Por eso te recomendamos en otro apartado que te empadrones lo antes posible. Es la mejor documentación que puedes aportar, aunque también puedes utilizar documentos municipales o de la sanidad pública (consultas médicas, hospitalización) donde aparezca tu nombre y que demuestren que has estado viviendo aquí durante ese tiempo.
No es necesario un contrato de trabajo, pero sí debes acreditar que has estado trabajando por lo menos durante 6 meses. Si no tenías permiso de residencia y trabajo, está claro que si has estado trabajando ha sido de manera irregular, sin contrato ni nada. Para demostrar que sí has estado trabajando tendrás que denunciar a la empresa (o a la persona que te ha contratado). Puedes consultar trabajar sin permiso de residencia ni de trabajo. Cada situación es distinta y tendrás que decidir cuál es la salida más conveniente para ti. Si has estado trabajando sin contrato, pero tu empleador está dispuesto a hacerte uno y llevas tres años viviendo aquí, seguramente sea mejor solicitar un permiso por arraigo social.
Más información sobre los requisitos y la documentación necesaria
¿Dónde hay que acudir para solicitar la residencia por arraigo laboral?
Tienes que solicitarla en la oficina de extranjería de la provincia en la que vives:
ARABA:
Olagibel 1 (Gasteiz)
945 759 490 (información) 945 759 480 (cita previa)
extranjeria_informacion.alava@correo.gob.es
BIZKAIA:
Gran Vía 50 (Bilbo).
944 509 435 (información) 944 509 434 (cita previa)
oficina_extranjeros.bizkaia@correo.gob.es
GIPUZKOA:
Plaza Pío XII, 6 (entrada por Javier de Barkaiztegi)
943 989 122 (información) 943 989 110 / 943 989 120 (cita previa)
oficina_extranjeros.gipuzkoa@seap.minhap.es
NAFARROA:
Gipuzkoa etorbidea, 40 (bajo – Buztintxuri)
948 979 200 (información) 948 979 203 (cita previa)
infoext.navarra@seap.minhap.es
Tasa: tendrás que pagar una tasa cuando hagas la solicitud. Tienes un plazo de 10 días para hacerlo. La administración tiene 3 meses para contestarte. Si te conceden la residencia, tienes un mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjero (TIE).