Ayuda familiar para personas desempleadas (subsidio de desempleo)

2018/03/20
Última actualización: 2023/01/26

Capítulo III de la Ley General de la Seguridad Social

• Si no cuentas con las suficientes cotizaciones para pedir la prestación por desempleo puedes pedir el subsidio, tal y como te contamos en el artículo “Subsidio de desempleo por insuficiencia de cotizaciones”. Como verás, dicho subsidio varía en función de si tienes responsabilidades familiares o no.

• No obstante, si has estado percibiendo la prestación por desempleo y has agotado la misma y tienes responsabilidades familiares, puedes acceder también a este subsidio.

 
Requisitos

– Debes esperar un mes desde que agotaste la prestación, como veremos más adelante.

– Debes tener responsabilidades familiares.

– Debes acreditar carencia de rentas. Es decir, no puedes tener ingresos que sobrepasen el 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, 750 euros mensuales (cantidad correspondiente al inicio del año 2023).

 
Carencia de rentas y responsabilidades familiares

Expliquemos más detenidamente los dos requisitos que acabamos de mencionar:

Carencia de rentas

Entre los requisitos que hay que cumplir para poder percibir el subsidio, se encuentra la carencia de rentas. Pero ¿cómo se mide esto?

Se entenderá que careces de rentas cuando no ingreses más del 75% del salario mínimo interprofesional, SMI. En este comienzo del año 2023, el SMI está fijado en 1.000 euros mensuales, por lo que el 75% del mismo serían 750€.

Se tiene en cuenta prácticamente cualquier tipo de renta: por actividades agrarias, por actividades artísticas, por tener alquilado algún local, por prestaciones públicas que puedas percibir, lotería, planes de pensiones…

Entre estas posibles rentas, NO se computarán las siguientes:

  • Las prestaciones de la Seguridad Social por hijas e hijos a cargo (no obstante, sí cuenta cualquier otro tipo de prestación que puedas percibir).
  • Indemnización por despido. Si te han despedido del trabajo y has recibido una indemnización por ello, ésta no se tendrá en cuenta, se haya realizado el pago de una sola vez o de forma periódica.

Todas las rentas se calcularán en bruto.

Tienes AQUÍ detallado qué es lo que considera el SEPE como rentas o ingresos.

Responsabilidades familiares

En lo que respecta a los subsidios de desempleo, las responsabilidades familiares cuentan, más aún en el caso de la ayuda familiar que estamos explicando ahora.

Pero ¿qué se considera responsabilidad familiar?

  • Pareja
  • Hijas e hijos menores de 26 años o menores en acogida
  • Mayores de 26 años con alguna discapacidad reconocida

Con todo, para que se consideren como responsabilidad familiar, también se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar, de dos maneras:

  • Se sumarán los ingresos de todas y todos los integrantes y se dividirán entre el número de familiares. El resultado no puede ser mayor al 75% del SMI, es decir, 750€ al mes.
  • Asimismo, si alguna hija o hijo o tu pareja trabajan y perciben un salario mayor a este 75% del SMI, dicha persona no será considerada como responsabilidad familiar.
 
¿Cuánto se percibe?

Es una cantidad fija: el 80% del IPREM
480 euros al mes (inicio del 2023).

Sin embargo, “gracias” a la reforma laboral del 2012, aunque antes se percibía toda la cantidad del subsidio, ahora, si has trabajado a jornada parcial, el subsidio también será parcial. Así, si has trabajado a media jornada, por ejemplo, la cantidad a percibir no serían más que 240 euros.

Esta parcialidad es aplicable a todos los subsidios menos al de mayores de 52 años, subsidio para personas migrantes retornadas al Estado y subsididio de excarcelación. Artículo 278 de la Ley de Seguridad Social.

Recordemos que ésta es una de las medidas que introdujo el PP con su reforma laboral y que el PSOE no ha querido derogar, aunque así lo hubiese prometido y firmado. Hizo un único cambio: dejar fuera de este cálculo parcial los subsidios para mayores de 52 años.

 
¿Qué plazo hay para solicitarla?

Hay que esperar un mes después de que se agote la prestación por desempleo. Tras este mes, tienes un plazo de 15 días.

Si la solicitas fuera de plazo, no perderás el derecho, pero no cobrarás nada por esos días que se te hayan pasado.

Si, una vez hayas agotado la prestación por desempleo, no cumples con los requisitos para solicitar este subsidio (por el dinero que percibes por otros medios o porque no tienes responsabilidades familiares), en el caso de que tu situación cambiase durante el año posterior, sí podrías solicitarlo.

 
¿Durante cuánto tiempo se percibe?

Generalmente, durante 18 meses. Pero, atención, tienes que renovar la solicitud cada seis meses. Es decir, sería 6 + 6 + 6. No obstante, existen excepciones:

– Si tienes menos de 45 años y la prestación por desempleo que has agotado ha durado, por lo menos, durante seis meses, podrás renovar el subsidio por seis meses más. Es decir, en total, lo recibirías durante 24 meses.

– Si tienes más de 45 años y la prestación por desempleo que has agotado ha durado, por lo menos, 4 meses, podrás renovar el subsidio durante seis meses más. También en este caso lo recibirías durante 24 meses.

– Si tienes más de 45 años y la prestación por desempleo que has agotado ha durado, por lo menos, durante seis meses, podrás renovar el subsidio por 12 meses más. Por tanto, en este caso, podrías percibir el subsidio durante 30 meses.

EdadDuración de la prestación por desempleo que has agotadoDuración del subsidio
Menores de 45 años4 meses18 meses
6 meses o más24 meses
Mayores de 45 años4 meses24 meses
6 meses o más30 meses
 
¿Qué documentación tienes que presentar?

– El impreso oficial de solicitud. Junto con esto, un documento de declaración de rentas, los datos de la cuenta corriente donde se quiere recibir el subsidio, el compromiso de actividad y el permiso para que soliciten información en Hacienda.
– Documentos de identidad (DNI o NIE/pasaporte), de la persona solicitante y de la familia (si éste es el caso, también el libro de familia o, si eres migrante, su documento equivalente).
– El documento bancario que certifica la cuenta corriente donde quieres recibir el subsidio.
– El certificado de discapacidad de tus hijos o hijas.

Tienes detallado AQUÍ todo lo referente a la documentación necesaria.