Subsidios de desempleo
2018/03/20
Última actualización: 2023/01/26
Si estás en el paro y has agotado la prestación o si no tienes suficiente cotizaciones, puedes solicitar el subsidio.
El subsidio y la prestación son diferentes. La prestación por desempleo es contributiva, es decir, es según las cotizaciones que hayamos acumulado, y el subsidio tiene carácter asistencial, es decir, carácter de ayuda. Por esta razón, se trata de una cantidad fija y hay que cumplir ciertos requisitos para recibirlo.
Hay distintas clases de subsidio
- Por carecer de suficientes cotizaciones
- Ayuda familiar a las personas desempleadas
- Para mayores de 45 años
- Para mayores de 52 años
- Para personas migrantes retornadas al Estado
- Subsidio de excarcelación.
- Subsidio extraordinario de desempleo
Requisitos necesarios
Para recibir cualquier ayuda económica que hemos mencionado, hay que cumplir diversos requisitos (además de los que pueden ser necesarios para cada subsidio, tales como edad, responsabilidades familiares, etc.):
– Debes encontrarte en situación legal de desempleo. Es decir, porque te han despedido, porque han cerrado la empresa, porque ha finalizado tu contrato, porque hayas salido de la cárcel o porque has retornado del extranjero (desde fuera del Estado). Si has dejado tu empleo, aunque no tengas trabajo, no se te reconocerá la situación legal de desempleo.
– No puedes estar percibiendo la prestación contibutiva ni estar en situación de poder percibirla.
– Debes apuntante en el paro (en el SEPE) y continuar así durante todo el tiempo que estés cobrando la prestación (con disponibilidad para realizar los cursos que te oferten y aceptar los trabajos que te propongan).
– Carecer de rentas. Esto no quiere decir que no tengas absolutamente ninguna entrada de dinero, sino que deben ser menores al 75% del salario mínimo interprofesional; para el inicio del año 2023, 750 euros al mes (para este cálculo se toman en cuenta 12 mensualidades del SMI y no las 14 de todo el año).
Todos las condiciones, requisitos, cuantías y demás las tienes concretadas en los artículos sobre cada uno de los subsidios.