Subsidio de desempleo para víctimas de violencia de género o sexual
2024/11/29
Disposición Adicional 58ª de la Ley General de la Seguridad Social
Las víctimas de violencia de género o sexual podrán solicitar el subsidio de desempleo, siempre y cuando no tengan opción a solicitar la prestación por desempleo. Pueden hacerlo todas aquellas víctimas mayores de 16 años.
En este caso, no es imprescindible haber perdido el empleo ni tener un cierto número de cotizaciones acumuladas, aunque sí hay que cumplir con el requisito de carencia de rentas, como veremos más adelante. De hecho, este subsidio se ha creado con la última reforma. Hasta el momento, las víctimas de violencia de género o violencia sexual, al igual que otras personas en otras situaciones, podían solicitar la renta activa de inserción. Sin embargo, esta última prestación ha desaparecido, razón por la que se ha extendido el subsidio de desempleo a este colectivo. Por esto, como habéis visto, aunque se trate de un subsidio de desempleo, no se exigen los requisitos que sí se necesitan para otros subsidios, tales como cotizaciones previas, ya que viene a sustituir una prestación anterior.
Las víctimas de violencia de género o sexual mayores de 16 años pueden solicitar este subsidio, tal y como podían hacer antes con la renta de activa de inserción, ya que esta última prestación ha desaparecido.
Recordemos que, para acreditar esta situación, no es imprescindible tener una sentencia condenatoria, sino que es suficiente con que el juzgado haya dictaminado medidas cautelares u orden de protección o que la fiscalía haya encontrado indicios. Asimismo, también se puede presentar un informe de los servicios sociales o servicios de acogida, entre otros, que dejen constancia de la situación de violencia de género o sexual
Como hemos dicho, no puedes estar en situación de solicitar la prestación por desempleo. Si quieres saber más sobre esto:
Duración
Como máximo, se puede percibir durante 30 meses. Este tiempo será menor, si has percibido previamente la renta activa de inserción (RAI).
— Si no has percibido nunca la renta activa de inserción, la duración del subsidio será de 30 meses.
— Si has percibido la renta activa de inserción una vez, la duración del subsidio será de 20 meses.
— Si has percibido la renta activa de inserción dos veces, la duración del subsidio será de 10 meses.
⇒ ¡ATENCIÓN! Si has percibido previamente la renta activa de inserción tres veces (aunque no haya sido por el tiempo máximo establecido), no podrías solicitar el subsidio. Para poder hacerlo, deben pasar, por lo menos, tres años desde que se te concedió la primera RAI. Si, una vez transcurrido este tiempo, solicitases el subsidio, su duración sería de 30 meses.
Asimismo, si solicitas el subsidio y agotas el mismo, podrás solicitarlo nuevamente, aunque, también en este caso, deberán pasar tres años, por lo menos, desde que te aceptaron el subsidio hasta poder solicitarlo nuevamente.
Aunque tres años parezca mucho tiempo, si tenemos en cuenta que se empieza a contabilizar desde que te lo aceptan, en la práctica no lo es tanto. Así, por ejemplo, si has estado percibiendo el subsidio durante 30 meses, la espera serían solo 6 meses (3 años = 36 meses / 30 meses de subsidio + 6 meses de espera).
Carencia de rentas y responsabilidades familiares
Como hemos mencionado, para poder solicitar el subsidio, debes acreditar carencia de rentas. ¿Qué quiere decir esto? Que tus ingresos mensuales no pueden sobrepasar el 75% del SMI (850,50€ para el año 2024).
La forma de calcular la carencia de rentas, cuando tienes responsabilidades familiares, ha cambiado algo con la última reforma. En el siguiente artículo tienes explicado con detalle todo lo referente a estos dos puntos, así que échale un vistazo para saber bien si cumples con los requisitos de carencia de rentas y si puedes alegar responsabilidades familiares:
¿Cuánto se percibe?
Erreforma baino lehen, langabeziagatiko subsidio guztien kasuan IPREMaren %80 kobratzen zen, subsidioak irauten zuen denbora osoan zehar. Hau aldatu da; orain, mailakatua izango da eta kobratzen den zenbatekoa jaisten joango da:
— Lehen 180 egunetan: IPREMaren %95 (570€)
— 181. egunetik 360. egunera: IPREMaren %90 (540€)
— 361. egunetik aurrera: IPREMaren %80 (480€)
Bestela esanda, lehen sei hilabeteetan 570 euro jasoko ditugu, hurrengo sei hilabeteetan 540€ eta, hortik aurrera, 480€ subsidioaren iraupena amaitu arte (zenbateko hauek 2024. urteari dagozkio).
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Tienes seis meses para solicitar el subsidio. Este tiempo comenzará a contar desde que la administración emita el documento que certifique que eres víctima de violencia de género o violencia sexual. Recuerda, como hemos dicho antes, que no es imprescindible que dicho documento sea una sentencia condenatoria, sino que también puede consistir en una orden de protección o un informe de los servicios sociales.
- Si lo solicitas durante los siguientes 15 días tras la certificación de la administración (15 días hábiles), el subsidio se te reconocerá desde ese mismo día. Eso significa que el SEPE te abonará los días que hayan transcurrido o, dicho de otra manera, que percibirás en el primer pago los días que hayan pasado desde ese primer momento.
- Aunque solicites el subsidio más tarde, también lo percibirás, pero el derecho nacerá a partir del día en que hagas la solicitud. No hay penalización, no se consumirán días de subsidio por ello y percibirás los meses que te correspondan, pero solo desde el día en que hayas hecho la solicitud.
Si agotas el subsidio, podrías solicitarlo nuevamente, siempre que hayan pasado, por lo menos, tres años desde que percibiste el subsidio por última vez (desde el nacimiento del derecho y no desde la fecha en que lo hubieses agotado).
Documentación
— Impreso de solicitud
Puedes descargar DESDE AQUÍ el impreso oficial. En el mismo podrás rellenar también la declaración responsable para acreditar la carencia de rentas. No tienes más que rellenarlo con tus ingresos y con los de tu unidad familiar, si alegas responsabilidades familiares. La administración comprobará los datos posteriormente. .
— Documentos de identificación (no se necesita copia, solamente tendrás que mostrarlos): DNI, TIE o certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea. Si tienes responsabilidades familiares, también tendrás que mostrar los documentos de identificación de esas personas.
— Cualquier documento que refleje tu cuenta corriente (para percibir el subsidio debes dar la cuenta corriente en la que quieres que te lo ingresen).
— Libro de familia o certificado del Registro Civil, en el caso de que tengas responsabilidades familiares. Si tienes un país de origen distinto, deberás adjuntar el documento equivalente, traducido al castellano (debe ser una traducción oficial).
— La declaración del IRPF del año anterior (declaración de la renta).
Documentación que acredite la violencia de género (puede presentarse cualquiera de los siguientes):
— Sentencia condenatoria del agresor
— Resolución judicial de la que se deduzca que has sido víctima de violencia de género (aunque el agresor no haya sido condenado).
— Orden de protección
— Informe de fiscalía
— Resolución judicial que establezca medidas cautelares
— Informe de los servicios sociales o servicios de acogida
Documentación que acredite la violencia sexual (puede presentarse cualquiera de los siguientes)
— Informe de los servicios sociales, servicios de acogida o Inspección de Trabajo
— Sentencia judicial
— En el caso de menores de edad, documentación de los servicios de salud dirigida a la fiscalía o al tribunal
Solicitud
- Presencial
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Recuerda que debes solicitar cita previa. Esto puedes hacerlo por internet DESDE ESTA PÁGINA o por teléfono: 91 926 79 70
- Online
También puedes solicitar el subsidio online, DESDE ESTA PÁGINA.
Para cualquier duda que puedas tener, el SEPE ha puesto en marcha un nuevo teléfono de información: 060