Aunque nos lo hayan vendido de esa manera, no es cierto que se hayan prohibido los despidos, en todo caso, se han “encarecido” un poco. Por otro lado, los contratos temporales pueden entrar en suspenso, pero tampoco se ha protegido a éstos de un posible despido.

No se trata de un permiso retribuído, sino de flexibilidad a favor de la empresa. Y os contamos también que la ley deja la puerta abierta a que no deban recuperarse todas las horas y los posibles abusos con los “servicios mínimos”.

Algunos instrumentos y recomendaciones para hacer frente a los abusos que se están produciendo estos días de confinamiento.

Como estamos comprobando nuevamente estos últimos días, las trabajadoras de hogar no existen. Aquí os traemos información laboral para estos momentos (también un modelo de certificado para poder desplazaros al trabajo con menos problemas).

Os traemos dos medidas que afectan a las y los autónomos:
– Bajas por coronavirus
– Prestación extraordinaria por cese de actividad

Os explicamos aquí las medidas que, aunque insuficientes, ha puesto en marcha el Gobierno de Madrid hartutako neurriak:
– Moratoria de las hipotecas
– Suministros (luz, agua, gas)

Para trabajadoras que han tenido que dejar de trabajar (o hacerlo durante menos horas) o para aquellas que han sido despedidas.

Medidas publicadas el 1 de abril:
– Seguridad Social
– Suministros
– Bono social
– Hipotecas…

Si has estado trabajando con un contrato de, por lo menos, dos meses y te has quedado en el paro durante estos días (y no tienes opción a solicitar la prestación o el subsidio de desempleo), puedes solicitar este subsidio extraordinario.

Las medidas publicadas por el Gobierno de Madrid el 1 de abril y, además, las ayudas al alquiler del Gobierno Vasco y el Gobierno de Navarra.

Con todas la oficinas del SEPE cerradas, nos entra la duda de cómo podemos solicitar la prestación por desempleo. Explicaremos algunos casos (incluídas la RGI y la renta garantizada).

Hemos reunido informaciones que aparecen en distintas partes de nuestra web, añadido otras nuevas y alguna actualización y, con todo esto, podéis consultar ya en esta entrada las principales dudas sobre los ERTEs.

Información sobre los planes de medidas de prevención: qué tipo de medidas debe contener, cómo debe realizarse y la necesidad de que sea acordado con trabajadoras y trabajadores. Si no se cumple, ¡DENÚNCIALO!

2.200€, para quienes tienen reconocida la prestación por cese de actividad; 700€ u 800€ para quienes hayan sufrido una bajada en la facturación del 30%.

Situación de las y los riders en esta crisis; huelga y futuras movilizaciones; denuncia interpuesta en Inspección Laboral, y llamamiento directo a las personas que utilizan estas plataformas.

El Decreto 15/2020, publicado esta mañana, trae las medidas del Gobierno de Madrid para el pago de los locales en alquiler. Os adelantamos que se trata solo de un aplazamiento de deudas.

Prestación para personas que se encuentren en alguna de estas dos situaciones, aunque solo en algunos casos concretos.

El Decreto 15/2020, publicado el 22 de abril, establece distintas medidas cara a las trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos, en lo referente a la prestación por desempleo.

Como las oficinas están cerradas y los plazos administrativos están en suspenso ¿qué está ocurriendo durante el estado de alarma con los trámites que tienen que realizar las personas migrantes?

El 5 de mayo, por fin, se han publicado en el BOPV las ayudas para pagar el alquiler de vivienda libre en la CAV.

 

Os hemos traído las ayudas que podéis solicitar si reducís vuestra jornada y explicado esta medida, que ya recogíamos en la página Coronavirus. Información y recomendaciones para el estado de alarma, con más profundidad.

La Dirección General de Trabajo publicó el día 1 de mayo el criterio sobre la aplicación de las medidas de suspensión y reducción de jornada durante la fase de desconfinamiento del estado de alarma.

Plazo de solicitud: del 12 de mayo al 1 de junio.
Hemos recopilado la información sobre esta ayuda en esta nueva entrada (solicitud, documentación, requisitos…).

El 13 de mayo se ha publicado en el BOE el acuerdo firmado por el Gobierno de Madrid, CEOE, Cepyme, CCOO y UGT (Decreto 18/2020) sobre la prórroga de los ERTEs.

[ACTUALIZADO]
En mayo se abrió la posibilidad de hacer distintas gestiones sin certificado, tal y como os explicamos en su momento. Posteriormente, también se ha dado la opción a realizar otra serie de trámites identificándose por medio de SMS.

Por medio de una Orden publicada el 20 de mayo se ha establecido que los permisos de trabajo y residencia de las personas migrantes se prorroguen automáticamente durante seis meses.

A partir del 1 de junio se abrirán nuevamente las oficinas de Lanbide y podremos acudir para hacer presencialmente nuestros trámites. Sin embargo, no serán todos, y algunos deberán ser obligatoriamente o por teléfono o por internet.

En el Decreto 19/2020, publicado el 27 de mayo, se ha abierto la posibilidad a que estas bajas sean reconocidas como accidentes laborales a todos los efectos para las trabajadoras y trabajadores del ámbito sanitario (incluído el socio-sanitario).

Se prorrogan hasta el 30 de septiembre, tanto los ERTEs por fuerza mayor, como la prestación extraordinaria de desempleo.

Posibilidad de solicitar la prestación ordinaria para las trabajadoras y trabajadores autónomos que han estado percibiendo la prestación extraodinaria por cese de actividad.

Las autónomas y autónomos que hayan estado percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad a fecha de 30 de junio tendrán derecho a que se les aplique una exención en las cotizaciones durante los siguientes tres meses.

Tras la vuelta a clase, más allá de declaraciones en los medios, no se ha tomado ninguna medida concreta. Aquí te explicamos las opciones que hay hoy por hoy.

Mediante el Decreto 30/2020, se han prorrogado los ERTEs hasta el 31 de enero de 2021; las prestaciones por desempleo se mantendrán en el 70%; y, además, se han creado las figuras de ERTE por impedimento y ERTE por limitación.

• Prórroga de la prestación ordinaria por cese de actividad
• Prestación extraordinaria por cese de actividad
• Prestación extraordinaria para trabajadoras y trabajadores autónomos de temporada

Si la persona titular u otra perteneciente a la unidad familiar ha tenido un descenso significativo en sus ingresos por haberse quedado en desempleo, estar en ERTE, haber reducido la jornada por obligaciones de cuidados o cualquier situación similar.

Esta medida se ha prolongado desde el 6 de octubre hasta final de curso y ha incluido también a trabajadoras y trabajadores de centros docentes.

Subvenciones para complementar la prestación que han percibido trabajadoras y trabajadores que hayan estado en ERTE en julio, agosto y septiembre.
Plazo de solicitud: del 4 al 20 de noviembre.

Si has agotado la prestación por desempleo o el subsidio (entre el 14 de marzo y el 30 de junio), puedes solicitar este subsidio extraordinario. El plazo de solicitud ha comenzado el 6 de noviembre.

Se trata de una prestación extraordinaria para personas que hayan prestado sus servicios como personal técnico o auxiliar en el sector de la cultura, temporalmente, por cuenta ajena y para la realización de un evento, obra o espectáculo público. El plazo de solicitud ha comenzado el 6 de noviembre.

Pueden solicitarlas trabajadoras o trabajadores autónomos de la hostelería (también microempresas o pequeñas empresas), siempre y cuando se hayan visto obligados a cerrar o limitar su actividad por el Decreto 38/2020 del Gobierno Vasco. El plazo de solicitud finaliza el 10 de diciembre.

El 27 de noviembre se publicaron en el Boletín Oficial de Navarra las ayudas al sector de la hostelería (Resolución 70/2020).
El plazo de solicitudes ha comenzado el 1 de diciembre y se prolongará hasta el día 15.

Este nuevo decreto es muy similar al anterior. Aunque aporta dos novedades: en el caso de que el arrendatario sea un gran tenedor se podrá solicitar una bajada de la renta del 50% y, en el caso del resto de arrendadores, si acordamos una rebaja, esa persona podría deducirlo en el impuesto del IRPF.

Se ha establecido una cuarta prórroga hasta el 31 de mayo. esta última es muy similar a la anterior. te explicamos todo en nuestro artículo.

Hasta el momento se consideraban como accidentes laborales; no obstante, por medio de un decreto publicado el 3 de febrero, pasan a tratarse como enfermedades profesionales mientras dure la fase de pandemia.

Si has estado percibiendo la prestación por ERTE y trabajando, al mismo tiempo, en otro lugar a jornada parcial, puede ser que en su momento el SEPE te redujese la prestación. Si fue así, ya puedes hacer una solicitud para que te devuelvan ese dinero

En el Estatuto de los Trabajadores se plantean distintas opciones para adaptar o reducir la jornada laboral por razones de cuidados. Por medio de este programa, se ampliaron dichos supuestos a causa de la crisis del coronavirus. Estará vigente hasta el 31 de mayo de 2021, si no se establece una nueva prórroga.

Con la entrada en vigor del estado de alarma, se comenzó a renovar el desempleo automáticamente. Es decir, no era necesario que sellásemos el paro personalmente. Sin embargo, en Nafarroa, a partir del 1 de mayo, tendremos que hacer nuevamente ese trámite.

Se trata de la quinta prórroga de los ERTEs que se pusieron en marcha a raíz de la pandemia, ya que la anterior finalizaba el 27 de mayo. Así, dichos expedientes podrán continuar en vigor hasta el 30 de septiembre.

El Decreto 11/2021, además de otras medidas que estaban en marcha, como los ERTEs o el plan Mecuida, también ha prorrogado hasta el 30 de septiembre las prestaciones extraordinarias para autónomas y autónomos.

Se trata de la sexta prórroga, que se extiende hasta el 28 de febrero. Como mayor novedad, la obligación por parte de las empresas a dar FORMACIÓN, a cambio de mayores exenciones en las cotizaciones.

El 20 de abril se suspendió la obligatoriedad de llevar mascarillas en interiores o en lugares cerrados, con la excepción de centros de salud, centros sociosanitarios y transporte colectivo. Pero, ¿qué sucede en otros ámbitos laborales?